Solicitud de Fondo de Bienestar Social (FBS) (S-06)
AVISO
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Denominación:
Solicitud de Fondo de Bienestar Social (FBS)
Qué y para qué:
Prestación económica de carácter periódico destinada a personas mayores de 65 años, o que debido a su discapacidad, no pueden acceder al trabajo ni disponer de otros ingresos con que atender sus necesidades básicas. Hay dos tipos: ancianidad y discapacidad.
Quién lo puede solicitar:
Requisitos:
- Estar empadronadas en Azpeitia y tener la residencia efectiva en el municipio, incluyendo a las personas extranjeras, refugiadas y apátridas con permiso de residencia.
- Haber cumplido 65 años de edad o, en caso de enfermedad, tener más de 16 años, tener una discapacidad mínima de 45% y 8 puntos o más en el baremo de dificultad para la obtención de empleo, reconocida por el órgano competente.
- No disponer de ingresos propios o familiares con los que poder atender las necesidades básicas.
- Se considera que se cumple esta circunstancial cuando se perciben, para beneficio exclusivo y durante el año natural, unos ingresos inferiores al importe anual de las ayudas de esta pensión, bien sea en concepto de rentas, retribuciones, pensiones o cualquier otro (se exceptúa la valoración de la vivienda en propiedad que sea residencia de la persona solicitante).
- Si la persona solicitante está integrada en una unidad familiar, la renta per capita de dicha unidad será inferior al importe anual de esta prestación económica.
Dónde se solicita:
Presencialmente: Ayuntamiento de Azpeitia departamento de Servicios Sociales lunes, martes y jueves de 10:00-13:00
Documentación a aportar:
- Impreso de solicitud donde constará el consentimiento de las personas interesadas, para que desde los servicios sociales se soliciten aquellos datos y documentos que obren en poder de las distintas administraciones públicas y sean necesarias en el marco de la gestión de las ayuda.
- Presentación del DNI del interesado y, si hubiera menores, también el libro de familia
- Modelo de notificación de titular y cuenta.
- Empadronamiento y convivencia.
- Titularidad de la cuenta corriente.
- Ingresos de la unidad de convivencia (Padres e hijos).
Impreso de solicitud:
Cuánto cuesta:
Gratuito.
Pasos de tramitación posteriores a la solicitud:
- Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación en el departamento de Servicios Sociales.
- Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.
- Trámites:
- Valoración del caso.
- Propuesta resolución.
- Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación en el departamento de Servicios Sociales.
- Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.
- Trámites:
- Valoración del caso.
- Propuesta resolución.
- Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Plazo de respuesta:
- Plazo mínimo: un mes
- Plazo máximo: tres meses.
- Silencio administrativo: positivo
Normativa aplicable:
- Decreto 129/1986, de 26 de mayo.
- Decreto 38/1988, de 23 de febrero.
- Decreto 163/1990, de 12 de junio.
Departamento municipal responsable de la gestión:
Servicios Sociales
Órgano que resuelve:
Diputación Foral de Gipuzkoa