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CONSULTA PÚBLICA PREVIA PARA LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ALOJAMIENTO PARA PERSONAS MAYORES DE AZPEITIA

CONSULTA PÚBLICA PREVIA PARA LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ALOJAMIENTO PARA PERSONAS MAYORES DE AZPEITIA
Este Ayuntamiento pretende aprobar el Reglamento regulador del servicio municipal de Azpeitia de alojamiento para personas mayores, que se prevé que entre en vigor en los próximos meses.

Con el objetivo de garantizar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de ela- boración de normas con rango reglamentario, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se sustancia con carácter previo esta consulta pública para recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma, sobre una serie de aspectos como son los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

A tal efecto, durante el plazo de veinte (20) días siguientes a la publicación del presente anuncio en el sitio web municipal, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, podrán hacer llegar sus opiniones a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., a través del Servicio de Atención ciudadana (SAC) situado en Plaza Nagusia, 5 o a través del Registro de la sede municipal.

Se publica el proyecto del Reglamento.
En Azpeitia, a 20 de marzo de 2023
72471832M NAGORE
ALCORTA (R: P2001900F) P2001900F)
Fecha: 2023.03.20 10:40:37 +01'00'
La Alcaldesa.- Nagore Alkorta Elorza
MEMORIA

a)Antecedentes

La aprobación de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, ha tenido una repercusión notable en el ámbito de los servicios sociales.

En concreto la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, ordena y estructura un sistema integrado de servicios sociales de responsabilidad pública, a fin de garantizar en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el derecho subjetivo de toda la ciudadanía de acceso a las prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, dentro del marco de los requisitos generales de acceso al mencionado sistema y de los requisitos de acceso específicos que se regulen para cada prestación o servicio, y para ello:

En su artículo 22 define el Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, entre los que incluye el Servicio de Alojamiento para personas mayores, cuya provisión es competencialmente atribuida a los Ayuntamientos.

El Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, en desarrollo de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, delimita el derecho subjetivo mencionado, regulando las condiciones, criterios y procedimientos de acceso a las prestaciones y servicios establecidos en el catálogo de la Ley de Servicios Sociales.

Además, se ha dado una evolución en la realidad social; el aumento demográfico progresivo de las personas mayores, debido al aumento en la esperanza de vida y a la modificación de la pirámide de edad en nuestra sociedad, además del cambio en las relaciones familiares como agentes de protección y del desarrollo de los servicios sociales.

La voluntad reiterada de las personas de permanecer el mayor tiempo posible en su propio domicilio, manteniendo la red social de referencia que ha tenido a lo largo de toda la vida, es algo prioritario en la consideración y determinación de los servicios de apoyo a estas personas en su progresiva dependencia.

En este sentido, cabe decir, que los servicios de alojamiento constituyen una alternativa a los servicios residenciales, cuya naturaleza es asimilable a los domicilios.

Junto a esa necesidad de dar atención a las personas en situación de dependencia o en riesgo de dependencia, existen personas mayores en situación de desprotección social que precisan de una alternativa residencial para poder responder a sus necesidades de atención básica y a su progresiva necesidad de atención más integral.

b)Los problemas que se pretenden solucio- nar con la iniciativa

Se trata de un servicio municipal de alojamiento, de larga estancia o de uso permanente y excepcionalmente temporal, destinado a personas mayores que cuenta con apoyo de personal para ejercer las funciones de tutelaje, mediación-

intermediación, acompañamiento social y supervisión, así como, en su caso, atención personal y doméstica.

Mediante el Reglamento se busca dar satisfacción a las necesidades del colectivo arriba descrito, estableciendo un servicio público de calidad.

c) La necesidad y oportunidad de su aprobación

La tramitación del Reglamento regulador del servicio municipal de alojamiento para personas mayores de Azpeitia, viene motivada por la normativa referenciada en el apartado de antecedentes y en la previsión del Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de pres- taciones y servicios del Sistema Vasco de Ser- vicios Sociales.

d) Los objetivos de la norma

Además de establecer el servicio público en los términos de la normativa autonómica citada, los objetivos que se pretenden son:

• Facilitar la permanencia de las perso- nas usuarias en el entorno comunitario.
• Mejorar su grado de autonomía perso- nal, mantenerlo y/o prevenir el deterio- ro de las habilidades y capacidades que permiten su desenvolvimiento autóno- mo.
• Evitar situaciones de aislamiento.
• Favorecer su sentimiento de seguridad.
• Proporcionar alternativas de alojamien- to a personas que no disponen de estas.
• Detectar situaciones de necesidad que pudieran requerir la intervención de otros servicios.

e) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

 

En cuanto que se trata de una normativa propia de la organización local procede su aprobación a través del Reglamento Reglamento regulador del servicio municipal de alojamiento para per- sonas mayores de Azpeitia

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Cualquier opinión o sugerencia sobre la modificación de la normativa, puede remitirla a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.