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Bases reguladoras y convocatoria 2021 para la concesión de ayudas económicas individuales y familiares municipales para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad.

AYUNTAMIENTO DE AZPEITIA
Bases reguladoras y convocatoria 2021 para la concesión de ayudas económicas individuales y familiares municipales para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad.

Uno de los ejes de trabajo del Ayuntamiento de Azpeitia en la legislatura 2019-2023, radica en prevenir y atender las necesidades personales y familiares originadas por la situación de crisis económica.

Con el fin de paliar situaciones de exclusión personal, social y laboral, y facilitar la inclusión de quienes carezcan de recursos personales, sociales o económicos suficientes para el ejercicio efectivo de los derechos sociales de los ciudadanos, el Ayuntamiento de Azpeitia pretende normativizar y ampliar un sistema de ayudas económicas individuales y familiares municipales.

 

La Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, señala en el articulo 6 que la finalidad del Sistema Vasco de Servicios Sociales es promover, en cooperación y coordinación con otros sistemas y políticas públicas, el bienestar social del conjunto de la población, siendo los objetivos esenciales:
a) Promover la autonomía personal y prevenir y atender las necesidades personales y familiares derivadas de la dependencia.

b) Prevenir y atender las necesidades originadas por las situaciones de desprotección.
c) Prevenir y atender las situaciones de exclusión y promover la integración social de las personas, de las familias y de los grupos.
d) Prevenir y atender las necesidades personales y familiares originadas por las situaciones de emergencia.

 

Por ello, el artículo 16 de dicha Ley 12/2008, de 5 de diciembre, dice que se consideran prestaciones económicas propias del Sistema Vasco de Servicios Sociales las dirigidas a cubrir o paliar las consecuencias económicas de las situaciones de emergencia o urgencia social y desprotección.

La clave del concepto de ayuda de emergencia es precisamente la necesidad perentoria y urgente de atender una situación de carencia o estrechez de recursos económicos que se produce en un momento dado (plazo temporal), motivada por causas ajenas o sobrevenidas.

 

Se trata pues de cubrir situaciones económicas de emergencia provocadas por un acontecimiento inesperado y por la escasez de recursos económicos provenientes de prestaciones económicas de carácter periódico. Las ayudas económicas individuales y familiares municipales se utilizarán como un recurso paliativo que evita situaciones que pueden conllevar a privaciones y carencias de primera necesidad.

La concesión de una ayuda económica municipal debe de estar basada en un diagnóstico social, en una prescripción técnica que avala la situación de necesidad con carácter de emergencia y considerada como preventiva de situaciones de exclusión social sobrevenidas por la escasez de recursos económicos.

Por ello, mediante el presente acuerdo se aprueban las bases reguladoras del otorgamiento de subvenciones para la concesión de ayudas económicas individuales y familiares municipales para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad.

La presente ayuda se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 del Ayuntamiento publicada en el BOG de 28 de mayo de 2020. Esta convocatoria responde a la ley 2/2016, de 7 de abril de competencia municipal del artículo 17 punto 13) de ordenación, planificación y gestión de los servicios sociales, y al punto 14) Ordenación, programación y gestión en materia de garantía de ingresos e inclusión social, y al decreto 85/2018 de 5 e junio de segunda modificación del decreto de Ayudas de emergencia social.

 

En consecuencia, de conformidad con las competencias que la ley le otorga, por Resolución de Alcaldía de 29 de enero de 2021

 

RESUELVE

Primero.- Aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas individuales y familiares municipales para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad.

Segundo.- Aprobar la convocatoria 2021 de las citadas subvenciones, que se acompaña al presente acuerdo como anexo 1.

Tercero.- Para hacer frente a la convocatoria del año 2021, autorizar un gasto por importe de ciento cincuenta y dos mil euros (152.000 €), con cargo a la siguiente partida presupuestaria del Ayuntamiento de Azpeitia:

1.0600.480.231.00.03 – 152.000 €

El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones

Cuarto. Se facilitará a la BDNS la documentación necesaria para la publicación de la convocatoria. Las bases reguladoras aprobadas por el presente acuerdo producirán efectos desde el siguiente día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa.

El presente acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.

No obstante, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.»

Lo que se publica para conocimiento general.

Azpeitia, 29 de enero de 2021.- La Alcaldesa.- Nagore Alkorta Elorza.

* Dirección de solicitud electrónica de la subvención: https://uzt.gipuzkoa.eus/home.do?De=CA01812661