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BECAS "SORKUNTZA" 2020

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS “SORKUNTZA” DESTINADAS A LA CREACIÓN CULTURAL (EJERCICIO 2020).

De conformidad con la Ley 2/2016 de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi y normativa concordante, corresponde al Ayuntamiento de Azpeitia la competencia en el ámbito material de ordenación y promoción de actividades culturales.
Dentro de esta área material de actuación el Ayuntamiento de Azpeitia estimo oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita apoyar las acciones que el sector privado promueve y desarrolla en el ámbito de la creación cultural. Esta medida pretende sobre todo fomentar la investigación, la formación, la producción de obra artística y su difusión, así como posibilitar que los artistas intervinientes obtengan el reconocimiento a su quehacer artístico.

En este sentido, el Ayuntamiento con fecha 7 de febrero de 2017 aprobó las bases específicas para el otorgamiento de ayudas para financiar las becas denominadas SORKUNTZA destinadas a la creación cultural (Boletín Ofizcial de Gipuzkoa de 2 de mayo de 2017 nº82).
Se entiende como creación cultural aquella fruto de la imaginación del artista que puede materializarse y adoptar la forma de música, pintura, escultura, obra literaria, obra teatral, obra cinematográfica, cómic, composición sonora, composición audiovisual, composición digital, danza etc.
El objeto, los sujetos beneficiarios, las exclusiones, los gastos subvencionables y el procedimiento de concesión de subvenciones está regulado en dichas bases específicas.
Las mencionadas bases establecen que la convocatoria establecerá los créditos presupuestarios concretos con cargo a los cuales serán financiadas las ayudas.

Durante este ejercicio 2020 se pretende favorecer la utilización del espacio municipal denominado Dinamoa para impulsar, crear, experimentar, producir y compartir iniciativas creativas de interés cultural, por lo que se ha desglosado en dos modalidades el objeto de la subvención. Se ha diseñado por tanto un marco de apoyo con dos becas específicas para permitir que aquellas personas que deseen ejecutar actividades en esta segunda modalidad puedan acceder al presente régimen de subvenciones,

El plazo de presentación de solicitudes se indicará en la convocatoria

Asimismo, la presente subvención está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Azpeitia aprobado para el período 2020-2022 mediante Acuerdo Pleno de 5 de mayo de 2020 y publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 28 de mayo de 2020 nº99) y página web del Ayuntamiento.

En virtud de lo expuesto, el Alcalde de Azpeitia, en el ejercicio de las compentencias conferidas en el art. 21.1 f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), por Decreto de fecha 10 de junio de 2020,

HA RESUELTO

Primero.- Realizar la convocatoria anual para el otorgamiento de las becas denominadas SORKUNTZA destinadas a la creación cultural, con cargo a los programas gestionados por el Departamento de Cultura de Azpeitia.

Segundo.- Recoger en el presupuesto municipal del año 2020 dotación presupuestaria por una cantidad total de 20.000 € con cargo a la partida presupuestaria:

1.0401.481.334.00.04 2020 Creación cultural.

Esta cantidad de desglosa de la siguiente forma:

A) Modalidad de creación cultural: 12.000 €

B) Modalidad de estancias de creación cultural: 8.000 € (dos becas de 4.000 €).

Tercero.- El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

Cuarto.- Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Azpeitia en los términos previstos en el artículo 5º de la las bases.

 

La convocatoria y demás documentos necesarios para la solicitud de la ayuda se encuentran en la página web del Ayuntamiento de Azpeitia www.azpeitia.eus en el apartado de ayudas y subvenciones

Quinto.- La resolución del procedimiento se notificará individualmente a las personas o entidades interesadas de conformidad con lo previsto en el art. 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de la publicación de las subvenciones concedidas en la página web del Ayuntamiento de Azpeitia.

Contra la presente resolución, que es definitivo y pone fin a la vía adminsitrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso de reposición ante el órgano competente que haya aprobado la convocatoria, o, impugnarla directamente en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Los plazos se contarán en ambos casos a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases.

* Dirección de solicitud electrónica de la subvención: https://uzt.gipuzkoa.eus/home.do?De=CA018121004